PTEE, SAGRILAFT y
tratamiento de datos personales

PTEE

Programa de Transparencia y Ética Empresarial

El Programa de Transparencia y Ética Empresarial, en adelante – PTEE – de CSP DE COLOMBIA LTDA y STEEL CITY LTDA, en adelante (LAS EMPRESAS), es directriz de cumplimiento Corporativo para enfrentar aquellos riesgos asociados no solo a los delitos propios vinculados a los riesgos de Corrupción y Soborno Transnacional C/ST también procura la incidencia en la efectiva administración de los riesgos de (Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – LA/FT/FPADM) que se puedan enfrentar LAS EMPRESAS.

Todas las contrapartes (persona natural o jurídica con la que se tenga vínculos comerciales, de negocios, contractuales o jurídicos de cualquier orden) de LAS EMPRESAS deberán declarar su conocimiento y aceptación respecto de su obligación de cumplir con las normas del PTEE, mediante manifestación escrita en los documentos que establecidos por LAS EMPRESAS para cada contraparte.

El PTEE es de obligatorio cumplimiento por parte de todos los trabajadores de LAS EMPRESAS sin excepción alguna, de manera que sus postulados se observen en cada acto, por convicción y como manifestación de un propósito preventivo.

Principios del PTEE

La integridad de LAS EMPRESAS no es negociable, por ende, se establece la política de CERO TOLERANCIA contra la C/ST de ningún tipo y vela porque cada uno de sus empleados cumplan con los más altos estándares de éticos de conducta en el desarrollo de las actividades comerciales del negocio. Por tanto:

LAS EMPRESAS

  • Cumplen con toda la normatividad legal aplicable
  • No se involucran en actividades con apariencia de irregularidad.

  • Conservan todos los libros y registros precisos de los gastos en que incurren.

CONTRAPARTES

  • Ningún trabajador debe estar involucrado en actos de Corrupción ni casos de Soborno Trasnacional
  • Ningún tercero puede sobornar en nombre de LAS EMPRESAS

LAS EMPRESAS, acogen los siguientes preceptos de ética y conducta, que constituye la guía de comportamiento de todas aquellas personas vinculadas con la misma. Declaramos públicamente el compromiso de LAS EMPRESAS, a través de su Junta de Socios, estar de acuerdo con todas las leyes Anticorrupción relacionadas a las acciones que podrían ser consideradas Soborno en el desarrollo de negocios de manera responsable, inculcando una cultura empresarial transparente.

Principios y Valores Eticos

LAS EMPRESAS, así como sus colaboradores, conforman un equipo que trabaja por el país, por su gente y por sus empresas; todos sus actos están regidos por los siguientes principios y valores:

Todo empleado que conozca información sobre la actividad inusual y/o sospechosa de un trabajador, cliente y/o proveedor el cual consideren que no debe existir relación alguna de negocios entre éste y LAS EMPRESAS, debe informar de inmediato a sus superiores con el fin de unificar el criterio y prevenir repercusiones desfavorables, enviando los reportes del caso al Oficial de Cumplimiento del PTEE.

Los trabajadores vinculados a LAS EMPRESAS velarán por el cumplimiento de las políticas de prevención del riesgo de C/ST y porque la cultura del autocontrol sea irradiada en LAS EMPRESAS. por tanto es deber comunicar al Oficial de Cumplimiento, Revisor Fiscal, Representante Legal cualquier debilidad en los controles o potencial falla del PTEE para la toma de acciones inmediatas.

LAS EMPRESAS optimizan sus utilidades mediante la administración proactiva de todos los tipos de riesgo de C/ST a que se hayan expuestas en el desarrollo de las actividades y negocios constitutivos de su objeto social.

Preceptos de Ética y Conducta

Las contrapartes de LAS EMPRESAS deben actuar con fidelidad, lealtad, honestidad, legalidad y veracidad, con prácticas de negocios, conducta personal transparente. Ceñirse al estricto cumplimiento de la ley y los más altos principios, anteponiendo la observancia de los principios éticos al logro de metas comerciales.

La imagen reputacional de LAS EMPRESAS y sus productos deben ser sinónimo de seguridad y tranquilidad en los mercados en los que actúa.

Velar y cuidar los bienes de LAS EMPRESAS, de los clientes y de la comunidad como si fueran propios, respetar a las autoridades, y llevar una vida ejemplar como miembro de familia y como ciudadano.

Todas las relaciones de LAS EMPRESAS sus contrapates se caracterizan por postulados de total transparencia, confianza y desarrollo mutuo.

Los empleados tienen el compromiso de tomar las acciones necesarias para proteger y garantizar el cumplimiento de las políticas de LAS EMPRESAS, e informar sobre cualquier acto que atente contra la transparencia de alguna de sus actividades, tanto laborales como públicas

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CANALES DE COMUNICACION

LAS EMPRESAS han establecido y dispuesto los siguientes mecanismos de comunicación para que sus contrapartes vinculadas puedan informar de manera segura, confidencial y anónima, cualquier conducta de Corrupción relacionada con LAS EMPRESAS o sus asociados, violaciones del PTEE y cualquier inquietud con estos asuntos en:

  1. Correo electrónico: eticaytransparencia@cspdirect.com
  2. Línea Ética: https://cspgroup.com/csp-group/compliance/ Disponible en la página web de las empresas.
    • La información de la persona que denuncia, si es suministrada, se mantendrá bajo estricta confidencialidad.
    • No existirán represalias contra los empleados y contrapartes de LAS EMPRESAS por haber reportado infracciones a la Ley, o que denuncien de buena fe actos o potenciales actos Corrupción y de incumplimiento del PTEE.
    • No se admitirán denuncias o quejas falsas o temerarias. En caso de que se demuestre que la denuncia es falsa o temeraria, o no realizada de buena fe, dicha conducta se considerará como una violación al Código de Ética y Conducta de LAS EMPRESAS.
  3. Es indispensable reiterar que ningún empleado o funcionario de LAS EMPRESAS será degradado, sancionado ni enfrentará otras consecuencias adversas por rehusarse a pagar sobornos, incluso si las Empresas pierden algún negocio por ello.
  4. Reporte de denuncias de ST/C ante la Superintendencia de Sociedades

LINEA ETICA

Reporte o denuncie de manera confidencial y anonima posibles incumplimiento del PTEE o cualquier posible acto de Corrupción o exprese cualquier inquietud relacionada con este asunto a la oficina del Oficial de Cumplimiento: eticaytransparencia@cspdirect.com

No solo los canales de denuncia establecidos por LAS EMPRESAS son los medios idóneos para poner en conocimiento posibles actividades que configuren corrupción o actos de soborno transnacional, es menester también tener en cuenta los canales institucionales de la Superintendencia de Sociedades para denunciar.

Cuando realizas un reporte por posible hecho de corrupción contribuyes a la lucha contra un problema que aqueja a la sociedad, a la construcción de información y estadísticas que permita prevenirla, para promover la transparencia y la promoción del desarrollo de una mejor política pública en beneficio de la sociedad.

PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS

Anticorrupcion y Antisoborno Transnacional

La integridad de CSP DE COLOMBIA LTDA Y STEELCITY LTDA (LAS EMPRESAS), no es negociable, por ende, hay políticas de tolerancia cero contra la corrupción o soborno de ningún tipo y vela porque cada uno de sus colaboradores cumplan con los más altos estándares de éticos de conducta en el desarrollo de las actividades comerciales del negocio. Por tanto:

  1. Ningún colaborador debe estar involucrado en casos de Soborno Trasnacional.
  2. Ningún tercero puede sobornar en nombre de LAS EMPRESAS.
  3. LAS EMPRESAS, no se involucran en actividades con apariencia de irregularidad.
  4. LAS EMPRESAS, conservan todos los libros y registros precisos de los gastos en que incurren.
  5. LAS EMPRESAS, cumplen con toda la normatividad legal aplicable.
  6. Ningún colaborador deberá estar involucrado en actos de corrupción.
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SAGRILAFT

Sistema de Autocontrol y Gestion Integral del Riesgo de Lavado de Activo, Financiacion del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferacion de Armas de Destruccion Masiva

Teniendo en cuenta que el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/ FT/FPADM) se han convertido en flagelos para la humanidad que afectan la economía y la sociedad, las organizaciones criminales buscan el uso de CSP DE COLOMBIA LTDA y STEEL CTY LTDA., en adelante (LAS EMPRESAS) del sector privado para lograr sus fines ilícitos, utilizando este mercado como una forma de dar apariencia de legalidad a dineros originados con ocasión de la comisión de delitos como el contrabando, etc., situación que ha obligado a las autoridades, gremios, órganos internacionales y sociedades, a sumar esfuerzos con el propósito de combatir estos delitos y crear una cultura de responsabilidad Empresarial.

El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SAGRILAFT de LAS EMPRESAS, está dirigido a todos los socios, administradores, miembros de la junta de socios, empleados, clientes, proveedores, y demás terceros vinculados con LAS EMPRESAS.

Se ha elaborado el Manual del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM en el que se plasman los principios de conducta Empresarial, definiendo los límites dentro de los cuales los socios, administradores y empleados de LAS EMPRESAS deben actuar, de conformidad con las leyes nacionales e internacionales y las políticas internas, abarcando las situaciones a las que podría enfrentarse un socio, directivo o empleado dentro del desarrollo de sus funciones.

  1. Prevenir y controlar que LAS EMPRESAS sean utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de las actividades ilícitas.
  2. Consolidar las políticas, procedimientos y controles que deben cumplir los socios, órganos de administración y control, el Oficial de Cumplimiento, su suplente y los demás empleados o relacionados, en su esfuerzo común por prevenir la materialización del riesgo de LA/FT/FPADM al cual están expuestas LAS EMPRESAS debido a las actividades que desarrollan.
  3. Dar cumplimiento a la legislación colombiana vigente y las recomendaciones de organismos internacionales relacionada con la prevención y sanción de delitos LA/FT/FPADM.
  4. Llevar a cabo todas las gestiones necesarias para que el Sistema de Control de Riesgos LA/FT/FPADM adoptado por LAS EMPRESAS, funcione de modo tal, que en el desarrollo de sus operaciones se pueda prevenir que LAS EMPRESAS sean utilizadas como vehículo para la realización de actividades delictivas.
  5. Contar con un adecuado programa de cumplimiento para la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, conforme a la organización, estructura, recursos y características de las operaciones de LAS EMPRESAS.
  6. Realizar un seguimiento y monitoreo de manera oportuna y eficiente al Sistema de Control de Riesgos LA/FT/FPADM.
  7. Mantener un conocimiento apropiado de las características básicas de las operaciones que realizan frecuentemente los clientes y proveedores.
  8. Capacitar a los trabajadores acerca de los controles y procedimientos de LA/FT/FPADM, con el fin de asegurar su entendimiento e implementación.
  9. Asignar los recursos económicos y humanos para brindar soporte y apoyo para la implementación del Sistema de Control de Riesgos LA/FT/PFADM y promover el cumplimiento de las disposiciones legales y prácticas empresariales, de conformidad con la normatividad legal vigente.
  10. Estandarizar la forma de trabajo del personal involucrado y terceros frente a la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  11. Reportar de forma inmediata a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), cualquier información relevante sobre el manejo de fondos cuya cuantía o características no guarden relación de causalidad con las características generales o particulares de los clientes o que por las características particulares de las mismas, puedan conducir razonablemente a sospechar que los mismos están usando a la entidad para transferir, manejar, aprovechar o invertir dineros o recursos provenientes de actividades delictivas.
  12. Minimizar las actividades que generen riesgo de LA/FT/FPADM mediante reportes oportunos de operaciones intentadas o sospechosas y transacciones múltiples.

PROGRAMA INTEGRAL DE GESTION DE DATOS PERSONALES

Tratamiento de Datos Personales (TDP)

El sistema de Protección de Datos es de aplicación a las bases de datos que contienen datos de carácter personal que se hallan bajo la responsabilidad de las compañías CSP DE COLOMBIA LTDA y STEEL CITY LTDA., incluyendo los sistemas de información, soportes y equipos empleados para el tratamiento de datos de carácter personal, que deban ser protegidos de acuerdo a lo dispuesto en normativa vigente en protección de datos personales.

Las políticas, metodologías y procedimientos relacionados con el TDP son de obligatorio cumplimiento por parte de todos los grupos de interés y las violaciones a lo dispuesto en nuestras politicas  pueden someter a los funcionarios y grupos de interés de LAS EMPRESAS, a la imposición de las sanciones administrativas, disciplinarias y penales. 

PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS

Los titulares o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley y demás normas que la desarrollan, podrán presentar un reclamo a traves de oficial.privacidad@t360.com.co o del siguiente formulario:

INFORMACION GENERAL

Teléfono

E-Mail

Compañía

Ciudad

INFORMACIÓN ADICIONAL PARA PQR

Numero de Identificación

Dirección

Adjunte Documento de Identificación jpg o pdf (maximo 5mb)

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DIVULGACION Y CAPACITACION

PTEE - SARGRILAFT - TDP

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